Las cifras y tarifas a aplicar se establecen en concordancia con las pautas generales aprobadas por el Consejo de Estudios de Postgrados. Los costos de cada unidad crédito (UC) se estimarán en unidades tributarias de acuerdo con la siguiente relación:
Aranceles |
Estudiantes con financiamiento de Instituciones Públicas y Privadas |
Estudiantes con autofinanciamiento
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Preinscripción |
3 Unidades Tributarias |
3 Unidades Tributarias |
Inscripción |
2 Unidades Tributarias |
2 Unidades Tributarias |
Materias Teóricas |
3 UT x UC |
2 UT x UC |
Actividades teórico-prácticas |
4 UT x UC |
3 UT x UC |
Materias por equivalencias |
Ver Nota 1 |
Ver Nota 1 |
Constancias Adicionales |
0.25 UT
(Ver nota 2) |
0.25 UT
(Ver nota 2) |
Tesis Doctoral |
10 UT por año |
10 UT por año |
UT: Unidad Tributaria
UC: Unidad Crédito
Nota 1: El costo de las materias por equivalencias será entre 10% y 20% de lo asignado a las otras materias. El Consejo Directivo del Postgrado establecerá el porcentaje específico.
Nota 2: Todo estudiante tiene derecho a una constancia de inscripción y a otra de calificaciones. La solicitud de constancias adicionales deberán ser canceladas al equivalente de 0.25 de la unidad tributaria vigente. Aprobado por el CU en sesión ordinaria del 17.11.2003, según oficio N° CU-1959
Por concepto de preinscripción al momento de consignar la propuesta del Plan de Formación Doctoral y los requisitos de ingreso, debe cancelar un arancel por el monto equivalente a tres (3) unidades tributarias en la Coordinación del Doctorado.
Para formalizar la inscripción administrativa, los aspirantes seleccionados por el Consejo Directivo del Postgrado, deberán cancelar 2 unidades tributarias.
El monto de la Unidad Tributaria a aplicar para el pago de aránceles es el monto correspondiente asignado al año en curso, de acuerdo a la fecha de su cancelación. Por disposición del Consejo Universitario en su resolución N° CU-1959 del 17/11/2003
Ningún estudiante sea cual fuere el programa de Postgrado, quedará exonerado del pago de los aranceles correspondientes. Las exoneraciones no están estipuladas en el Reglamento de estudios de Postgrado.
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